Transcurridos 4 largos años de inactividad, VISCOCEL ha reiniciado su producción, lo cual es ‘sin duda una buena noticia por los puestos de trabajo que implica, pero no por ello puede hacerse de cualquier manera’, apuntan los ecologistas.
El tiempo de paralización transcurrido ‘no puede considerarse como un mero cese de actividad temporal, pues superados muy ampliamente los 2 años, la legislación vigente estima cerrada la instalación y lógicamente la empresa debería haber solicitado una nueva autorización ambiental integrada’.
‘La empresa ha dispuesto de tiempo más que suficiente para ello, pero ha preferido los atajos y las componendas de la mano de la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA), mediante artificios argumentales sin base ni consistencia normativa. Argucia y chapuza legal que sólo redunda en inseguridad jurídica para VISCOCEL’, asegura EA en un comunicado.
«Pero lo realmente grave es la dispensa extraordinaria por la cual durante 5 meses estará exenta de cumplir con los valores límite de emisiones contaminantes a la atmósfera, dado que los sistemas de depuración mediante biofiltros necesitan ese tiempo para poder alcanzar un óptimo rendimiento».
«Dispensa que podía ser legal siempre que se garantizase que el entorno de dispersión de esas emisiones (inmisión) no se viese afectados los niveles de protección de la salud de sus vecinos. Algo que, con las condiciones de reapertura, no están en absoluto aseguradas y que, sin embargo, es posible. Tenemos que recordar que incluso a pleno rendimiento de los biofiltros el equilibrio entre las emisiones de VISCOCEL y calidad del aire era más que crítico. Por lo cual se reformó en 2014 la legislación, específicamente a medida y demanda de esta empresa, elevando los límites tolerados de contaminación para el disulfuro de carbono en un 700%, a pesar de todo VISCOCEL habría seguido superando esos niveles el 15% de los días, con picos de contaminación que cuadruplicarían los límites legales ya ampliados».
EA agrega que las «irregularidades» de la DGMA se acumulan en la otra dispensa que se otorgó por un período de tres meses en los vertidos de la depuradora de SNIACE en el reinicio su actividad, los cuales habían sido declarados previamente ilegales por sentencia firme de la Audiencia Nacional. «Todo un ejemplo por si sólo de la manifiesta arbitrariedad por parte de la DGMA, que supedita de forma incondicional los principios ambientales más básicos a determinados intereses industriales», señala la formación.
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