La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria dictaminó el 5 de mayo de 2016 el rechazo de la medida cautelar interesada por la representación procesal de dos de los propietarios del solar ubicado en la calle Alonso Astúlez, conocido como «Espacio Argumosa» después de que un grupo de ciudadanos, coordinados por Asamblea Ciudadana por Torrelavega (ACPT) procediera a la limpieza del solar en mal estado, con la intención de dedicarlo a actividades culturales y sociales.
Dos propietarios recurrieron la resolución del Juzgado de Instrucción de fecha 30 de octubre de 2015, pero la Audiencia ha acordado no haber lugar a autorizar la medida cautelar de desalojo del solar. Los propietarios argumentaban que existen «indicios bastantes» de que los hechos denunciados son constitutivos del delito de usurpación de bien inmueble, tipificado en el Artículo 245.2ª del Código Penal.
La Audiencia desestima el recurso y confirma la resolución, con los mismos argumentos, ya que el presunto responsable, el concejal de ACPT Iván Martínez, aportó un contrato existente para la cesión de la ocupación, firmado por uno de los copropietarios. «Sin dejar de lado, pues, esa más que probable ausencia de reproche penal en los hechos denunciados».
Al haberse aportado a autos un contrato de cesión de la ocupación o uso del inmueble en cuestión, suscrito por uno de los copropietarios, la Audiencia considera que «habría de excluir la antijuridicidad de la conducta». Además, se añade que no consta que se esté generando a la propiedad «daños o desperfectos». Contra este auto no cabe recurso ordinario alguno.
Por otro lado, el Ayuntamiento de Torrelavega ha ordenado proceder en el plazo máximo de 20 días, a partir de la notificación, al derribo y retirada de las construcciones e instalaciones realizadas y al cese de los actos de uso del suelo efectuados sin disponer de la perceptiva licencia ni autorización municipal, así como al vallado y al cierre del solar.
Una vez transcurrido este plazo, si no se da cumplimiento a lo ordenado se procederá a la ejecución subsidiaria del derribo y retirada de conformidad con lo establecido en la ley en que se ampara.
ACPT adelanta que presentará en los próximos días el recurso de reposición ante el Ayuntamiento, y que acudirán al contencioso administrativo solicitando la anulación de la citada resolución municipal.
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